El derecho al olvido se impone a Google

El 13 de mayo se produjo un hito en la actividad de los buscadores de internet: el Tribunal de Justicia de la Unión Europea falló a favor del conocido como «derecho al olvido» frente a los intereses comerciales de Google. A partir de ahora, un particular tiene derecho a pedir a un buscador que borre de sus resultados una determinada información que pueda lesionar su derecho al honor.
La sentencia ha dado la razón a la Agencia Española de Protección de Datos al dictaminar que los buscadores en Internet son responsables de los datos personales incluidos en las webs que distribuyen. Google tiene ya la obligación de revisar todas las solicitudes de borrado de información que le hagan llegar los usuarios. ¿Qué abarca el «derecho al olvido»? ¿Cómo solicitarlo?
Tras saberse el fallo, Google ha lamentado la sentencia. «Esta es una decisión decepcionante para los motores de búsqueda y editores online en general. Estamos muy sorprendidos de que difiera tan drásticamente de las conclusiones del Abogado General y de las advertencias y las consecuencias que ya identificó. Vamos a dedicar tiempo, desde este momento, para analizar las implicaciones de dicha decisión», señaló Marisa Toro, directora de Comunicación y Asuntos Públicos de Google para el sur de Europa.

¿Qué es el «derecho al olvido»?
El «derecho al olvido» incluye el derecho a limitar la difusión indiscriminada de datos personales cuando ya no tienen relevancia ni interés público y pueden lesionar los derechos de las personas, aunque la publicación original sea legítima. También reconoce que se puedan ejercitar los derechos de cancelación y oposición. En el caso de los buscadores de internet, supone limitar la difusión universal de enlaces cuando carezca de justificación y dañe al afectado.
Hay que tener en cuenta que el «derecho al olvido» no es un derecho absoluto. Esto quiere decir que cuando entre en colisión con otros derechos, la autoridad - la Agencia Española de Protección de Datos en el caso de España- ponderará cada caso según los criterios de exactitud, relevancia pública y obsolescencia.

¿Cómo ejercer el «derecho al olvido»?
La persona interesada deberá presentar su solicitud directamente al buscador, quien deberá examinar si es fundada o no. En caso de que el buscador no acceda a retirar la información, el afectado podrá acudir a la autoridad de control o a los tribunales para que estos lleven a cabo las comprobaciones necesarias y, en su caso, ordenen al buscador la retirada de la información.
De esta manera, se abre la puerta a un examen caso por caso de cada una de las reclamaciones presentadas a cualquier buscador que, legalmente, tiene un plazo máximo de diez días para dar una respuesta al demandante

Google prepara una herramienta para facilitar el «derecho al olvido»
Tras conocerse la sentencia, Google ya trabaja en el desarrollo de una herramienta que permitirá a los usuarios acogerse al derecho al olvido en internet. Según el diario «The New York Times», Google presentará en las próximas semanas un mencanismo para que los consumidores puedan solicitar la eliminación o bloqueo de enlaces a determinadas informaciones que consideren lesivas a su intimidad u honor.

Para que se puedan borrar datos de algún usuario, una vez solicitado, comienza una investigación para corroborar que cada caso se ajusta al "interés legítimo" que se recoge en la sentencia. Por tanto no se borrara todo lo que se solicite y solamente se verá eliminado aquello que sea legítimamente legal, tras la investigación pertinente.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha aplaudido la sentencia, pero ¿cumplirá Google con ella? ¿Qué pasará en los próximos meses?

Fuente: http://www.womenalia.com/es/hoy-en-womenalia/135-actualidad/4003-el-derecho-al-olvido-se-impone-a-google?utm_source=twitter&utm_medium=tweet&utm_campaign=SMESPTWETOW000


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