La CNMC vigilará las contenidos de las televisiones bajo amenaza de fuertes multas


La nueva Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC) no quiere perder el tiempo en su legitimación como supervisor mayor del Reino y ha decidido tocar a rebato para asegurar la vigilancia estricta de los contenidos audiovisuales en España. La entidad nacida el pasado mes de septiembre considera que ha llegado la hora de abordar un marco regulatorio global en el sector que evite las transgresiones a la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA) de 2010 y establezca las oportunas sanciones correctoras dentro del mercado.

La institución presidida por José María Marín Quemada ha definido una serie de funciones ejecutivas dentro de una subdirección específica al frente de la que ha sido nombrada Julia López de Sa Fernández, antigua responsable de Medios Audiovisuales de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información (SETSI). La misión esencial de este departamento se resume en garantizar una supervisión real de dichos contenidos y su calificación con respecto al horario de emisión y a la protección de los menores. También prestará especial atención a la identificación de los prestadores de servicios, así como a los cambios de programación y contraprogramación.

La nueva subdirección audiovisual controlará los excesos de publicidad y autopromoción, además de la supervisión de patrocinios y la publicidad ilícita, prohibida o encubierta. Misión especial será la vigilancia en el número de interrupciones permitidas en determinados programas, como largometrajes e informativos. La CNMC tendrá en cuenta las incidencias registradas por Kantar Media, como empresa contratista en el control de los contenidos, y establecerá los procedimientos administrativos para la instrucción de expedientes sancionadores derivados de denuncias externas o apreciaciones de oficio.

La nueva entidad de supervisión considera que la tarea sancionadora es un elemento imprescindible para catalizar la correcta actividad del sector audiovisual ya que, en última instancia, las resoluciones que se dicten en este sentido aportarán también un criterio de aplicación e interpretación de la normativa vigente. La instrucción de los expedientes se efectuará en íntima relación con los organismos de control e inspección de la propia CNMC. Con el fin de agilizar la práctica de sanciones, las autoridades reguladoras unificarán las infracciones del mismo tipo en un único expediente.

Fijación de criterios y resolución de conflictos

La potestad reguladora sobre el sector audiovisual se llevará a cabo a través de comunicaciones, circulares informativas y circulares vinculantes que serán publicadas en el BOE. La subdirección de la CNMC determinará los criterios de aplicación para la financiación anticipada de obras europeas, si bien como norma general todos los sujetos obligados deberán remitir a la autoridad audiovisual antes del 1 de abril de cada año un informe detallando la forma en la que se ha dado cumplimiento a dicha exigencia fijada en el artículo 5.3 de la LGCA.

El mismo departamento sectorial de la CNMC dictará igualmente los criterios de aplicación de determinadas figuras publicitarias, como la telepromoción, patrocinios o la publicidad en los deportes, con el fin de armonizar su gestión con arreglo a la Directiva de Servicios de Comunicación Audiovisual. La subdirección fijará criterios interpretativos sobre la calificación de la programación, obligaciones de accesibilidad o modificación de la programación.

La CNMC incluye en sus atribuciones la resolución de conflictos, tanto los que se susciten entre los agentes del mercado como los derivados por la cesión de canales de radio y televisión y los que se generen como consecuencia del acceso a estadios y recintos deportivos por parte de los prestadores de servicios radiofónicos.

El regulador controlará asimismo el cumplimiento de las obligaciones y límites impuestos a la contratación en exclusiva de contenidos audiovisuales, las emisiones de interés general y la compraventa de los derechos exclusivos en las competiciones futbolísticas españolas regulares. En este último capítulo la CNMC acaba de hacer pública una multa de 15 millones a Mediapro y cuatro clubes, entre ellos el Real Madrid y el Barcelona, por infracción muy grave de la Ley de Defensa de la Competencia en la compraventa de los derechos de retransmisión televisiva por un periodo superior a los tres años a partir de 2010.
 
 
 

 

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